La Fiscalía y la Fiscalía solicitan al TSXG condenar a su socia Nerea Añel por su muerte en 2020

La Fiscalía y la Fiscalía solicitan al TSXG condenar a su socia Nerea Añel por su muerte en 2020

Se solicitan 11 años de prisión tras la absolución de la Audiencia de Ourense después de un veredicto de culpabilidad por parte del jurado.

El Ministerio Fiscal y la acusación particular pidieron la revocación de la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense en la que el acusado fue absuelto por asesinar a su pareja en enero de 2020 en Barbadás, Ourense, y condenado por homicidio involuntario a 11 años de prisión.

Por su parte, la defensa solicitó que se mantuviera la absolución después de que el juez de primera instancia anunciara la absolución el 7 de marzo, a pesar del veredicto de culpabilidad del jurado popular, argumentando que los hechos probados no encajaban en los delitos imputados.

Para el Ministerio Público, el presidente del tribunal «se excedió en sus funciones» al emitir una sentencia «incongruente» con el veredicto unánime de culpabilidad del jurado popular.

De manera similar, la acusación particular pidió que el veredicto del jurado «prevalezca sobre cualquier otra consideración» y que se condene al acusado a 11 años de prisión por el homicidio de Nerea.

Según el abogado defensor, la sentencia «está correctamente dictada y debe ser ratificada», argumentando que no se cumple con los requisitos para considerar el homicidio como cometido por omisión, ya que no existía una obligación legal de prestar ayuda.

También señaló que no se ha demostrado que la víctima hubiera podido ser salvada si hubiera recibido asistencia por parte del acusado.

La Audiencia de Ourense determinó que la conducta probada por el jurado no encaja en la categoría de homicidio consumado ni de homicidio por omisión, posición respaldada por la Fiscalía en sus conclusiones finales.

El tribunal reconoce en la sentencia que no hay pruebas suficientes de que la joven podría haberse salvado con asistencia médica inmediata y que el acusado no creó la situación de riesgo previa a la lesión, considerando la caída accidental de la joven.

El jurado consideró probado que el acusado estuvo presente cuando la joven sufrió una lesión en la cabeza y la columna en enero de 2020, pero no le brindó la asistencia necesaria para evitar su muerte.

El cuerpo de la joven fue encontrado ocho meses después en un río, lo que dificultó a los peritos forenses elaborar un informe preciso sobre la causa de la muerte.

FUENTE

nuevaprensa.info

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