El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo que autoriza a la Ciudad de Carrión de Calatrava (Ciudad Real) a llevar a cabo una consulta popular sobre la instalación de una planta de biometano en la ciudad.
El artículo 149.1.32 de la Constitución española establece como competencia exclusiva del Estado la «convocatoria de consultas populares mediante referéndum».
Por otro lado, la Ley de Bases del Régimen Local (LRBRL) reconoce el derecho de los vecinos a solicitar una consulta popular, estableciendo en su artículo 71 que «el acuerdo previo, con el voto favorable de la mayoría absoluta del pleno y la autorización del Gobierno de la Nación, podrá delegar la consulta popular en asuntos de competencia plenaria y local».
El gobierno autoriza la celebración de la consulta popular, al cumplir con todos los requisitos fundamentales exigidos por el artículo 71 de la Ley de Bases del Régimen Local, al tratarse de una cuestión de competencia municipal, de naturaleza local, de especial relevancia para los intereses de los vecinos y que no afecta a competencias locales.