TSJPV rechaza medida de precaución de suspensión del cierre de The Guardian Llodio.

TSJPV rechaza medida de precaución de suspensión del cierre de The Guardian Llodio.

TSJPV ha rechazado la medida de precaución solicitada por la Unión ELA para suspender la opción de horno Guardian Llodio como el miércoles, porque considera que los daños estructurales existentes en el horno no se rechazan y, por lo tanto, hay «razones técnicas, técnicas y de seguridad». que el horno no continúa funcionando.

Además, cree que la huelga indefinida convocada en la compañía podría representar el «peligro adicional» por razones operativas y de seguridad, considerando la reducción «drástica» del personal que podría ocurrir.

El lunes pasado, este sindicato solicitó la administración de precaución antes de presentar un despido colectivo y, específicamente, solicitó que la compañía Guardian Llodio se le ordene paralizar que esté programada para comenzar el miércoles.

La compañía tiene la intención de comenzar esta parada de hornear el miércoles al detectar un «daño crítico» que evita su actividad y, por lo tanto, cerrará la fábrica de Llodio.

El sindicato afirmó que ni el comité ni el delegado de prevención sabían los «daños estructurales» de la boca de la pared del horno flotante, por lo que la compañía se refiere al cierre de la planta, y sabían «en la ocasión de advertir el Compañía al comienzo del despido colectivo de negociaciones.»

En la resolución, se indica que, según el sindicato, la compañía les informó recientemente que los daños estructurales del horno se detectaron en la inspección practicada entre el 22 y el 24 de octubre.

TSJPV señala que «planteó así los hechos que no tenían ningún medio para aclarar la situación», debe dudar de que durante tres meses, ningún trabajador o técnico en el servicio de la compañía no confirma la existencia de daños. En su opinión, «no parece plausible que la compañía lo haya escondido». En cualquier caso, enfatiza que no niega el hecho de que tales daños estructurales «son ciertos o, por lo tanto, que las razones técnicas y de seguridad están de acuerdo, de modo que el horno no continúa funcionando.»

El automóvil indica que, a su vez, esto implica que «no se puede aceptar un comportamiento de mala fe», materializado en «ocultar el daño del horno para usar este hecho en apoyo del despido colectivo.»

TSJPV agrega que los sindicatos han convocado la huelga del 30 de enero podrían representar «peligro adicional» por razones operativas y de seguridad, porque el «personal drástico» sería incompatible con la atención adecuada del horno en el que se encuentra.

También enfatiza que, desde un punto de vista técnico, el tribunal no tiene una base probatoria «para aceptar algo tan decisivo como la irreversibilidad del horno.» «La compañía debe ser sin duda ser consciente del impacto que genera el proceso de parada en una resolución judicial firme, adversa a sus intereses. En este sentido, la ausencia de cualquier informe técnico de cualquier agencia oficial competente en el campo de la salud y la seguridad es relevante «, enfatiza.

En este sentido, afirma que, por el mismo mivot, la afirmación de que el gobierno vasco no puede abordarse, «cuya intervención no se entiende en este momento», sugirió que el horno pueda repararse caliente.

Por lo tanto, la Cámara decidió rechazar la solicitud de medidas de precaución solicitadas por la Unión ELA contra Guardian Llodio, una resolución contra la cual no hay apelación.

Finalmente, TSJPV cree que las declaraciones sobre el desacoplamiento de los Autoglas de Opco del Grupo Guardian y el procedimiento de bancarrota posterior, ya que esto afecta los problemas que podrían caer en la calificación de que el futuro podría merecer el despido colectivo.

FUENTE

nuevaprensa.info

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