TSJM critica que la Fiscalía lo cuestione y ratifica la investigación contra fiscales por revelar secretos.

TSJM critica que la Fiscalía lo cuestione y ratifica la investigación contra fiscales por revelar secretos.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) desestimó el recurso del Ministerio Fiscal, al que se sumaron los fiscales investigados en la denuncia de Alberto González por un presunto delito de revelación de secretos de algunos funcionarios, al retirar el recurso contra la apertura de lo «inadmisible» y «extemporáneo».

Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que el magistrado instructor de la Sala de lo Civil y Penal del TSJM acuerda rechazar la impugnación de la reforma formulada por el Ministerio Público, a la que se sumó la defensa de los investigados.

En el recurso, el fiscal lamentó que el magistrado instructor no dirigiera la investigación contra el «entorno» de la defensa de la amante de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso. Consideró que «la posible brecha de seguridad se pudo haber producido, sobre todo, en el entorno» de Alberto González, ya que allí fue donde se produjo la «primera filtración de correos electrónicos» entre el abogado y el fiscal relacionados con el presunto fraude fiscal atribuido a su socio del presidente regional.

El instructor responde a la Fiscalía que a través de los procedimientos acordados en ese auto se busca «una vía que no suponga una dolorosa intromisión en una institución como la Fiscalía, evitando, si es posible, el espectáculo de la acción de la policía.».

El magistrado valora el recurso de «inadmisibilidad» al realizar «una valoración de los hechos objeto de la denuncia, considerando que no tienen relevancia penal, solicitando la libre calificación y cuestionando la decisión del instructor de iniciar estas diligencias previas».

«En realidad lo que hace es interponer recurso de apelación contra el auto que admite la denuncia, pero que al no ser recurrido lo traslada al auto de interposición de la acción previa», critica.

También tacha de «extemporáneo» el recurso, ya que la oposición a la admisión de las denuncias «ya ha sido ejercida por el Ministerio Fiscal en la fase anterior», por lo que entiende que ahora es prematuro recurrir el auto de inicio. «ya que materialmente no hubo tiempo para realizar ninguna diligencia probatoria».

Asimismo, el instructor rechaza la afirmación de que el auto de apertura del procedimiento habría adoptado, como afirma el fiscal, «la relación de los hechos contenida en los autos de denuncia». «Hay que volver al punto uno, y el auto de inicio de la Acción Preliminar obedece y da respuesta procesal a lo acordado por la Sala Civil y Penal, ordenando el inicio respectivo, teniendo en cuenta las acusaciones», agrega.

A continuación, objeta «el adjetivo prospectivo de la actividad de investigación acordada, que, francamente, en el presente caso, expresado en los términos más amables, no es muy feliz».

Sostiene que «el proceso se inicia en relación a unos hechos muy concretos, que son los relatados en los autos de denuncia, ciertamente más concretos y delimitados en el que inicia este Prealal, es decir, el de la culpa privada».

«Por eso la investigación se basa en hechos concretos, en un marco criminal típico y en dos personas como presuntos autores. Francamente, el nombramiento de la futura investigación es difícil de entender», añade.

El magistrado menciona que la Fiscalía solicita la cancelación de las diligencias para solicitar información sobre quién redactó la declaración y quién la autorizó, por ser «impropias e innecesarias».

“Ante la solicitud, me viene a la mente el dicho de que para este viaje no necesitamos maletas”, responde al respecto y afirma que todas las diligencias probatorias son pertinentes a lo que es “el objeto de la denuncia y el fin de esclarecer los hechos”.

«La admisión y práctica de las diligencias probatorias se hizo de manera coherente con su contenido, así como con respecto a quiénes son los responsables de su realización y, como cuestión de derecho, con la proporcionalidad que se requiere, al menos inicialmente como fruto de su resultado», subraya.

«Este instructor buscaba una manera -seguramente la sugerida por las acusaciones- que no supusiera una dolorosa injerencia en una institución como la Fiscalía, evitando, si fuera posible, el espectáculo de la acción policial», añade.

FUENTE

nuevaprensa.info

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