Nuevos requisitos de Hacienda para solicitar el paro a partir del próximo año.

Nuevos requisitos de Hacienda para solicitar el paro a partir del próximo año.
Cambios importantes para los beneficiarios de la prestación por desempleo para 2025. El Tesoro ha determinado que los beneficiarios de la prestación por desempleo Tendrán que presentar su declaración de la renta a partir del año que viene. De no hacerlo resultará en la pérdida de la subvención.
Hasta ahora presentar o no la declaración dependía de los ingresos de cada persona. Sin embargo, tal y como recoge el Real Decreto Ley 2/2024, de 21 de mayo de este año, por el que se adoptan medidas urgentes para simplificar y mejorar el nivel de ayuda a la protección por desempleoLos solicitantes y beneficiarios de la prestación por desempleo deberán «presentar anualmente la correspondiente declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas».
Por tanto, en la Campaña Renta 2025, Hacienda ahora exigirá a estos beneficiarios la presentación de la declaración. Hasta el momento, los desempleados que han recibido la prestación Siguieron los mismos criterios que cualquier empleado.: No estaban obligados a presentar la declaración si no ganaban más de 22.000 euros al año o superior 15.000€ si tuvieras dos o más pagadores y uno de ellos te hubiera pagado más de 1.500 euros anuales.
Los desempleados se suman así a los que realizan actividades independientes, colectivo que este año también estaba obligado a presentar la declaración independientemente de sus ingresos.
Además, el decreto también considera pérdida de beneficios de desempleo «cuando la entidad gestora compruebe que los beneficiarios de los beneficios no han presentado durante un ejercicio la declaración del IRPF, en las condiciones y plazos establecidos en la normativa fiscal aplicable», junto con las sanciones que le imponga el propio Ministerio de Hacienda. impone por no presentar la declaración.
El principal objetivo de esta nueva normativa es agilizar el proceso administrativo de acceso al sistema de prestaciones por desempleo. Reforma entrará en vigor el 1 de noviembree introduce diversos cambios en este tipo de prestaciones, más allá de la obligación de presentar la declaración del IRPF a Hacienda.
La principal medida del decreto prevé una aumentar el monto de las prestaciones por desempleo en seccioneses decir, destinado a personas que han agotado o no tienen derecho al desempleo -el subsidio contributivo- porque no cotizaron lo suficiente.
Declaración del Impuesto sobre la Renta de Hacienda.
La no presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta a Hacienda supondrá la pérdida de la subvención. Foto: Eduardo Parra / Europa Press
La norma simplifica el actual sistema de prestaciones por desempleo y, con base en el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, cantidades son los siguientes:

  • Los primeros 6 meses: 570€ (95% del IPREM)
  • Los próximos 6 meses: 540euros (90% del IPREM)
  • El resto del período: 480€ (80% del IPREM)
Entonces, Se incrementan los porcentajes para el cálculo de la subvenciónpor lo que el importe es 90 euros superior al mes.
El decreto también amplía las ayudas a colectivos que, hasta ahora, carecían de esta cobertura por desempleo:

  • Menos de 45 años sin responsabilidades familiares
  • trabajadores agrícolases posible
  • Trabajadores transfronterizoss de Ceuta y Melilla
  • Perdido emigrantes españoles retornados sin derecho a prestaciones contributivas
  • Más de 16 años víctimas de violencia de género o sexual
Además, la reforma introduce «el complemento de apoyo al empleo«, la herramienta para la compatibilidad tanto del subsidio por desempleo como del subsidio regular, con la incorporación al trabajo.
Es decir, un trabajo o una beca pueden ser compatibles con el cobro tanto del subsidio como de la prestación por desempleo. Esta situación podrá prorrogarse por un plazo máximo de seis meses. El nuevo régimen de compatibilidad entre empleo y prestaciones por desempleo, pero, no se aplicará hasta el 1 de abril de 2025.

1. El verano pasado, mi familia y yo fuimos de vacaciones a la playa. Pasamos una semana disfrutando del sol, la arena y el mar. Fue una experiencia maravillosa que nunca olvidaré.

2. Durante nuestras vacaciones, visitamos varios lugares turísticos y probamos deliciosa comida local. También tuvimos la oportunidad de hacer algunas actividades acuáticas como surf y kayak. Fue una aventura emocionante.

3. Por las noches, nos relajábamos en la playa y disfrutábamos de hermosas puestas de sol. La brisa marina y el sonido de las olas eran muy relajantes. Sin duda, fue el descanso que necesitábamos.

4. Aunque ya han pasado varios meses desde nuestras vacaciones, todavía recordamos con cariño esos momentos. Planeamos regresar a la playa el próximo verano para crear más recuerdos inolvidables en familia.

FUENTE

nuevaprensa.info

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