Las empresas solo deben aceptar devoluciones por defectos en productos
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recordó el domingo pasado, con motivo de la celebración de los Reyes Magos, que según la normativa vigente, los comercios están obligados a aceptar devoluciones o cambios solo en situaciones específicas. Esta obligación existe únicamente cuando el producto está defectuoso o dañado.
La aceptación de devoluciones depende de la política comercial de cada establecimiento. Estas condiciones, que deben ser comunicadas previamente, pueden incluir opciones como la emisión de recibos o vales por el importe pagado, posibles cambios de talla o color, o la prohibición de devolver un producto una vez desprecintado. También puede haber excepciones a las devoluciones para ciertos productos como ropa interior, productos de higiene, discos de películas Blu-Ray sin sellar o CD o libros de música.
En relación con esto, la Dirección General de Consumo advierte en un comunicado de prensa que los vales o bonos emitidos, así como la conocida ‘tarjeta regalo’, no pueden tener fecha de caducidad, ya que esto constituye «una práctica ilegal».
En el caso de compras realizadas a distancia o fuera del establecimiento, como las realizadas a través de Internet, se aplica el derecho de desistimiento. Este derecho permite al consumidor, salvo excepciones establecidas por la Ley, desistir del contrato dentro de los 14 días naturales desde la recepción del producto o la celebración del contrato, sin necesidad de justificar el motivo. Esto incluye la devolución del producto y el reembolso del importe pagado.
Es importante que el consumidor solicite y conserve el recibo o factura de cada compra, ya que será necesario para tramitar reclamaciones o hacer uso de la garantía legal del producto. La normativa actual establece una garantía de tres años para los bienes de consumo (dos años para los servicios digitales). En el caso de productos de segunda mano, el plazo de garantía puede ser pactado entre la empresa y el consumidor, pero nunca será inferior a un año desde la entrega.
Además, los usuarios tienen derecho a denunciar prácticas publicitarias engañosas, como recibir un producto diferente al anunciado, y pueden solicitar la devolución del artículo o un cambio por el producto anunciado. Por último, la Dirección General de Consumo anima a informarse sobre las condiciones de devolución antes de realizar una compra y a ejercer sus derechos como consumidor de manera informada y responsable.
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