El ministro Bustinduy y el boicot a productos israelíes mediante etiquetado.

El ministro Bustinduy y el boicot a productos israelíes mediante etiquetado.
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha emitido una nota informativa a las empresas que importan productos alimentarios de los territorios «ocupados» de Israel a España para recordarles su deber de indicar «claramente» este origen en las etiquetas.
El objetivo, según Bustinduy, es que los consumidores tengan disponibles estas indicaciones en el etiquetado de los alimentos para garantizar su derecho a recibir información «verdadera» sobre el origen de los productos, máxime teniendo en cuenta la situación «crítica» que vive Oriente Medio.
Para ello, el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy elaboró ​​esta nota informativa basándose en la Nota Interpretativa 2015/C 375/05 de la Comisión Europea sobre la indicación del origen de las mercancías originarias de los territorios ocupados por Israel desde junio de 1967 y en base a la Decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 12 de noviembre de 2019, en el Asunto C.363/18 Organización juive européenne y Vignoble Psagot, que establece que la identificación del país de origen debe realizarse de forma concreta.
Por un lado, «dado que los Altos del Golán y Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental, no forman parte del territorio israelí según el derecho internacional, la indicación ‘producto de Israel’ se considera incorrecta y engañosa en lo que respecta a los productos originarios de estos territorios. » «, detalló el Departamento de Bustinduy.
«En tales casos, debe añadirse entre corchetes la frase ‘asentamiento israelí’ o alguna otra equivalente. Por lo tanto, se podrían utilizar frases como ‘producto de los Altos del Golán’ (acuerdo israelí) o ‘producto de Cisjordania’ (acuerdo israelí)», añadió.
Por otra parte, «los productos de Palestina que no proceden de colonias israelíes deben llevar una indicación que no induzca a error en cuanto al origen geográfico y que corresponda a la práctica internacional, como las indicaciones «producto de Cisjordania (producto palestino) «. , «producto de Gaza» o «producto de Palestina», detalló el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
El consumo también se refiere al Reglamento (UE) no. 1169/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, «que estipula que el etiquetado de un producto debe ser veraz y no inducir a error al consumidor, especialmente en lo que respecta al origen de los productos».
El ministerio dirigido por Bustinduy también aludió a la decisión emitida por la Corte Internacional de Justicia en julio, que declaró «ilegal» la ocupación israelí de Cisjordania y Jerusalén Este.
En esta decisión, el máximo tribunal de la ONU pidió el fin de la presencia de Israel en los territorios ocupados e instó a los países a tomar medidas para impedir relaciones comerciales que ayudarían a Israel a mantener esta situación en los territorios ocupados.
Consumul también se refirió al reconocimiento del Estado de Palestina que el Gobierno español llevó a cabo el pasado 28 de mayo «para comunicar a los operadores económicos la obligación de cumplir la normativa española y europea, y asumir las consecuencias jurídicas para los Estados». , de conformidad con el Derecho Internacional, en las relaciones económicas y comerciales.

FUENTE

nuevaprensa.info

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