El Colegio de Abogados de Madrid prevé conflictos por error en Ley de Paridad

El Colegio de Abogados de Madrid prevé conflictos por error en Ley de Paridad

La presidenta de la Sección de Igualdad del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), Estela Martínez, explicó que en relación al «error» de la Ley de Paridad, se introdujo una nueva causa de nulidad para las víctimas de violencia sexual, en lugar de basarse en la redacción dada por el Estatuto de los Trabajadores se tomó de la Ley Trans, donde no concurrían esas dos causas objetivas o automáticas de nulidad.

La ley orgánica de representación igualitaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, conocida como Ley de Paridad, entró en vigor este jueves con un «error técnico» que no protege a los trabajadores que contratan. Este error impide aprovechar el nuevo permiso de cinco días para cuidar a un familiar tras un accidente, enfermedad grave u hospitalización, o para ajustar su horario de trabajo.

La presidenta de ICAM Igualdad, Estela Martínez, afirmó que este error supone una desprotección para las personas trabajadoras, especialmente para las mujeres que todavía tienen un largo camino por recorrer en corresponsabilidad. Además, denunció la disposición final novena del reglamento, que elimina la nulidad automática en los despidos relacionados con el equilibrio entre la vida profesional y privada.

En cuanto a la entrada en vigor de la Ley de Paridad, los Ilustres Colegios de Abogados de Madrid (ICAM) anunciaron que ya cumplen con los criterios establecidos para garantizar la representación equitativa de ambos géneros en diversos campos.

La Ley de Paridad tiene como objetivo garantizar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en el sector público y privado, estableciendo porcentajes mínimos y máximos de representación de cada género en distintos ámbitos. Las empresas del Ibex deberán cumplir con esta norma antes del 30 de junio de 2025, mientras que el resto de empresas cotizadas tendrán plazos diferentes.

Además, la ley también establece que los consejos de administración y alta dirección de entidades de interés público deberán alcanzar ciertos porcentajes de representación de cada género en fechas específicas, con el objetivo de promover la igualdad de género en el ámbito laboral.

FUENTE

nuevaprensa.info

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