El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha reducido la condena de 13 años a 8 años y 6 meses de prisión a un hombre que violó a un niño menor de 13 años en Burlada. El tribunal considera probado, al igual que la segunda sección de la Audiencia Provincial, que un hombre de 33 años violó a un niño de 13 años en Burlada el 13 de agosto de 2023.
Sin embargo, a diferencia de la Audiencia, la Sala Civil y Penal del TSJN considera que el condenado, de nacionalidad marroquí, podría haber participado en las circunstancias concurrentes mencionadas anteriormente, que llevó a la reducción de la condena de 13 años a 8 años y 6 meses, ya que era una persona que «no tenía menos de 16 años».
Entre otras circunstancias que llevaron a la Sala a apreciar este error, denominado «error de tipo» en el Código Penal, se encuentran las siguientes: el menor, en el momento de la prueba preconstituida, se encontraba un mes después de la violación con 1,68 metros y 71 kg de peso; esa noche, la víctima, que tenía 13 años y 10 meses, estaba acompañada por una niña de 17 años; y un testigo, un vecino que vio entrar al portal donde se cometió la agresión sexual, afirmó que la víctima parecía tener «unos 20 años».
Además, según la declaración, los hechos ocurrieron a la 1.30 horas; el niño estaba «en un estado considerable de embriaguez»; después de contactar con el acusado «procedió a besarse con él»; y entre sus pertenencias tenía tres condones que había adquirido el mismo día de los hechos con su amiga, posesión que conocía el acusado.
La sentencia, que puede ser apelada ante el Tribunal Supremo, establece que el acusado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 10 años y, además, deberá cumplir con la medida de libertad vigilada, a ejecutar después de 7 años de privación de libertad.
En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado deberá compensar a la víctima con 20,000 euros por los daños morales sufridos y 225 euros más por las lesiones.
El TSJN señaló que la noche del 16 de agosto al 20 de agosto de 2023, el niño, acompañado por un amigo de 17 años, se encontraba en Burlada con motivo de las fiestas de la localidad. Durante la noche consumió «una cantidad significativa de bebidas alcohólicas».
Alrededor de la 1.30 horas, ambos salieron del recinto ferial. Se dirigieron desde la calle Ermita a la calle Nogalera en busca de la parada de autobuses urbanos para regresar a sus hogares. En ese momento, se encontraron con el acusado y otros dos hombres de edad legal, con quienes comenzaron a hablar.
Según la sentencia, el niño fue besado por el acusado, quien lo tomó y lo introdujo en un portal aprovechando que un vecino abrió la puerta.
Subieron las escaleras hasta un primer rellano. Una vez dentro, el niño mandó un mensaje a su amiga en el que le pedía 10 minutos. Sin embargo, la joven comenzó a sentirse «agobiada» y le dijo al hombre que quería irse.
En lugar de dejarla ir, la agarró de las muñecas. Luego comenzó a tocar sus pechos. La víctima pidió ayuda, pero nadie escuchó. Después de tapar la boca del niño, la violó. Finalizó la agresión sexual al escuchar un ruido en el portal y luego abandonó el lugar.
Al momento de cometer los hechos, el menor presentaba una grave afectación en sus capacidades por el consumo previo de alcohol. Se obtuvo un resultado de 1,36 gramos de alcohol por litro de sangre en los análisis realizados posteriormente a la denuncia.
El acusado se encuentra en situación de prisión provisional comunicada y sin fianza desde el 26 de agosto de ese año.
El tribunal excluye que el hombre haya visto afectadas sus capacidades por el consumo de alcohol. Tampoco considera acreditado que sufra de alguna patología o enfermedad que afecte sus capacidades intelectuales o volitivas, ni que actuara creyendo que la víctima tenía más de 16 años.
El TSJN no comparte esta última apreciación, indicando que «no se demostró que el acusado supiera» que la víctima «era un niño menor de 16 años, ni que fuera o debiera ser consciente de su alta probabilidad, sospecha o indiferencia».