The beach is my favorite place to relax and unwind. I love feeling the warm sun on my skin and hearing the sound of the waves crashing against the shore. It’s a peaceful escape from the hustle and bustle of everyday life.
La playa es mi lugar favorito para relajarme y descansar. Me encanta sentir el cálido sol en mi piel y escuchar el sonido de las olas rompiendo en la orilla. Es una escapada pacífica del ajetreo y el bullicio de la vida cotidiana.
I enjoy taking long walks along the shore, collecting seashells and watching the seagulls fly overhead. There’s something so calming about being by the sea, surrounded by the beauty of nature.
Disfruto dando largos paseos por la orilla, recolectando conchas marinas y observando a las gaviotas volar por encima. Hay algo tan calmante en estar junto al mar, rodeado por la belleza de la naturaleza.
Este jueves, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirmó la legalidad del fondo 10 mil millones de euros ejecutados por España para apoyar la solvencia empresarial durante la pandemia.
Este fondo es objeto de una denuncia por Ryanair y recibió la aprobación del tribunal de Luxemburgo.
La decisión confirma la sentencia de mayo de 2021, que ya desestimó el recurso de Ryanair. La aerolínea afirmó que el fondo, administrado por la SEPI, favorecía injustamente a empresas españolas violando la libertad de establecimiento y prestación de servicios de la Unión Europea.
En la sentencia conocida hoy, el TJUE confirma que el fondo de apoyo a la solvencia empresarial «no violó el principio de no discriminación por razón de la nacionalidad y fue proporcionado».
La decisión precisa que el Derecho comunitario «permite diferencias de trato entre empresas en el caso de ayudas destinadas a remediar una perturbación grave en la economía de un Estado miembro».
Los jueces europeos concluyen que Ryanair no demostró que este régimen de ayuda «produjera efectos restrictivos que vayan más allá de los efectos inherentes a este tipo de ayuda» ni que «constituyera un obstáculo a la libre prestación de servicios y a la libertad de establecimiento».
La sentencia de primera instancia especifica VIGÉSIMO consideró «correctamente» que la Comisión Europea -institución que aprobó la legalidad del fondo- no estaba «obligada a sopesar los efectos positivos del régimen de ayudas en cuestión frente a sus efectos negativos sobre las condiciones del comercio entre los Estados miembros y el mantenimiento de competencia no distorsionada.
En este sentido, el VIGÉSIMO subraya que el «carácter excepcional y la especial importancia de los objetivos perseguidos» por el fondo de solvencia «permiten considerar que está garantizado un justo equilibrio entre sus efectos positivos y negativos en el mercado interior».