Roban a 23 jóvenes ebrios en La Encañizada, según Gobierno regional

El Departamento de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, a través de la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción por el Clima, informó al SEPRONA y a la Fiscalía de Medio Ambiente sobre el robo intencionado de 23 ejemplares juveniles de nácar (Pinna nobilis) en la zona de la Encañizada, en el Mar Menor.
Esta especie en peligro de extinción ha logrado desarrollarse en el Mar Menor gracias a sus condiciones ecosistémicas, siendo este lugar, junto con el Delta del Ebro, los únicos en la costa española donde se pueden encontrar poblaciones viables de esta especie.
En el último inventario realizado a principios de año por el equipo de seguimiento de especies del Mar Menor, se constató la supervivencia de unos 500 adultos marcados.
Durante una inspección realizada por el equipo de seguimiento formado por miembros de la Universidad de Alicante, la Universidad de Murcia y técnicos del CARM en el vivero de ejemplares juveniles de la especie, se descubrió la alteración del fondo marino y el robo de 23 ejemplares inventariados y geolocalizados en una zona señalizada.
El ministerio está evaluando los daños causados por el saqueo de las nácaras, y con toda la información recopilada se preparan los informes necesarios para presentar una denuncia formal.
Funcionarios del Gobierno regional señalaron que «se trata de un incidente muy grave que pone en peligro la biodiversidad de un espacio protegido como el Mar Menor. La recolección de erizos de mar, vivos o muertos, es un delito castigado con penas de prisión, ya que se trata de una especie amenazada de ‘en peligro de extinción’ y está considerado un delito medioambiental según el Código Penal.»
Cazar, pescar, adquirir, poseer o destruir especies silvestres protegidas, así como el tráfico de ellas o de sus derivados, se castiga con pena de prisión, que puede ir de seis meses a dos años, o con multa del 8 al 24 del valor diario según el artículo 334 de la Ley Orgánica 10/1995, Código Penal.
Estas acciones, según lo establecido en la Ley 42/2007, de patrimonio natural y biodiversidad, pueden resultar en multas de hasta 2.000.000 de euros al considerarse delitos muy graves según el artículo 80.1.b, que establece como delitos administrativos: la destrucción, muerte, daño, recolección, comercio o intercambio, captura y oferta para la venta o intercambio, o naturalización no autorizada de especies amenazadas de flora y fauna, así como de sus propágulos o restos.
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