Recurso de apelación contra absolución de agentes del expediente ariete será revisado por el TSJM el martes

Recurso de apelación contra absolución de agentes del expediente ariete será revisado por el TSJM el martes

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) revisará este martes el recurso de apelación contra la sentencia que absolvió a los agentes de la llamada «patada a la puerta» después de que un jurado popular declarara inocentes de un delito a los dos policías nacionales acusados de allanamiento de morada.

La acusación particular, liderada por el abogado Juango Ospina de Ospina Abogados, ya anunció en su momento que llevaría el caso al Tribunal Superior de Madrid.

En la sentencia, el tribunal calificó de «reprochable» la actitud de los jóvenes que participaron en el incidente en el piso que motivó la intervención de la policía en el contexto de la pandemia con miles de muertos en toda España.

El juicio comenzó con seis agentes en el banquillo y terminó con solo dos policías cuando el abogado Juango Ospina retiró la acusación luego de mostrar las imágenes de las cámaras de seguridad que registraron lo sucedido esa mañana del 21 de marzo de 2021 en un departamento de la calle Lagasca.

En el veredicto, el jurado declaró inocentes por unanimidad a los policías, que apoyaron la intervención que llevaron a cabo forzando la entrada al edificio con un ariete que rompió la puerta ante la negativa de los presentes en una fiesta a abrir la puerta por miedo a una multa administrativa.

Los agentes se escudaron en que la actuación policial era lícita por la existencia de un delito flagrante de insubordinación grave al no identificarse los participantes hasta en 28 ocasiones.

Ante esta acusación, la fiscalía especial argumentó que sólo se trataba de una infracción administrativa por incumplimiento de la normativa Covid, ya que entonces estaban vigentes las restricciones por el estado de alarma. Los jóvenes invocaron su derecho fundamental a la inviolabilidad de su domicilio para no abrir la puerta a los agentes.

En junio de 2021, la Audiencia Provincial de Madrid archivó la causa interpuesta contra los asistentes y ordenó al juez instructor conservar el testimonio «si los agentes hubieran cometido delito» al considerar que hubo «un exceso en el ejercicio de la autoridad, en violación de el derecho a la inviolabilidad del domicilio».

Tras conocer el veredicto, Ospina anunció que llevaría la absolución al TSJM, aunque admitió que el recurso era «muy complejo» desde el punto de vista jurídico, ya que era necesario entrar en «una serie de trámites bastante rigurosos y concretos elementos legales» y será una tarea muy difícil, «compleja que excede el relato fáctico y el debate sobre la inviolabilidad del domicilio».

El letrado recordó entonces que fueron cinco resoluciones judiciales las que confirmaron que «en ningún momento hubo infracción previa en la vivienda de la calle Lagasca que justificara el embestida».

FUENTE

nuevaprensa.info

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *