Se solicita el despido porque no participaron en actos de tortura y tratos inhumanos, que son los casos excluidos por la ley.
Nueve agentes de la Policía Nacional en espera de juicio acusados durante el referéndum del 1-O en Barcelona han pedido que se les aplique la Ley de Amnistía que entró en vigor este martes y que se les redacte su caso, ya que «en ningún caso» participaron en actos de tortura y tratos inhumanos o degradantes, que son los casos excluidos.
Los nueve agentes forman parte del expediente del Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona donde hay 45 policías procesados por cargos en la ciudad. La defensa de los agentes cree que sus casos se enmarcan en los supuestos de la Ley de Amnistía y creen que la exclusión de los delitos de tortura se refiere a actos «mucho más graves» que los delitos de lesiones atribuidos a estos policías.
En el documento, al que tuvo acceso Europa Press, los abogados Javier Aranda Guardia y Sandra Melgar Rodríguez proponen, al amparo del artículo 9 de la Ley Orgánica 1/24 de Amnistía, la «extinción de responsabilidad penal» de los agentes que ejecutaron el dispositivo del 1-O en los centros educativos mencionados.
La defensa policial entiende que los agentes amnistiados no cometieron los delitos excluidos de la ley aprobada esta semana en el BOE, ya que «en ningún caso» participaron en «actos de tortura y tratos inhumanos o degradantes».
«No hay fundamento para concluir que la conducta de mis clientes se encuadre dentro de cualquiera de los dos artículos del código penal (173 y 174), pero si pudiera haber una acusación futura o hipotética en ese sentido, no serían válidas ya que conductas como los investigados en este juicio estaban incluidos por regla general entre los hechos de amnistía y, por tanto, imposibles de ser encuadrados por acusación posterior», añaden.
El documento, registrado al margen de las estrategias de defensa de los sindicatos de la Policía Nacional, recuerda que el procedimiento contra los agentes se encuentra en fase de instrucción y que la Ley de Amnistía prevé en este caso «la libre revocación del cargo, previa audiencia del Fiscal y de las partes».
EL USO DE LA FUERZA EN SU MÍNIMA EXPRESIÓN
Los abogados de la policía también citan el preámbulo de la ley, ya que indica que la amnistía «no pretende incriminar a un grupo de funcionarios que intervinieron, en prácticamente todos los casos, en defensa de la ley, así como con la proporcionalidad y moderación necesarias en defensa de la legalidad», aunque cuenta con «pocos medios para impedir la acción de miles de ciudadanos reunidos en los centros de votación».
La defensa del policía señala también que los agentes son procesados «por simples fotografías, sin acreditar su autoría, o por una aplicación del uso de la fuerza en su mínima expresión, de más que dudosa ilegalidad, no penal, sino incluso administrativa».
Además, solicita tener en cuenta que las responsabilidades civiles de las conductas despenalizadas «podrían ser reclamadas por los perjudicados en procedimientos de responsabilidad patrimonial contra la Administración Pública».