Los hoteles pueden organizar eventos musicales sin licencia

El número 2 del Tribunal Administrativo de control administrativo en Oviedo canceló una multa de 601.02 euros impuesta por el Ayuntamiento de Llanes al Hotel Prau Ríu por un presunto evento musical sin la debida autorización.
La sentencia, a la que Europa Press tuvo acceso, confirma que este tipo de actividades musicales están amparadas por la actividad general del hotel, siempre y cuando se lleven a cabo dentro de los límites legales establecidos para el hotel y la actividad de restauración. Se reconoce explícitamente que las normativas regionales permiten la realización de eventos recreativos, culturales o musicales como parte de los servicios complementarios ofrecidos por los hoteles.
Según el respaldo de la defensa ejercida por el abogado Juan Lozano Garrote, de la Oficina Legal de Abogados Lozano, el evento musical se enmarcó perfectamente en las actividades de ocio ofrecidas por el Decreto 18/2023 de la administración de las unidades hoteleras del Principado de Asturias, así como en la decisión 91/2004 sobre espectáculos públicos y actividades recreativas.
Ambos textos reconocen la posibilidad de que los hoteles ofrezcan espectáculos en vivo como parte de su oferta de entretenimiento. El tribunal enfatiza que la administración no presentó pruebas suficientes de que se hubiera excedido la licencia de establecimiento. El expediente se basó únicamente en la denuncia de la asociación y en publicaciones, sin que los agentes de policía locales participaran en el evento o realizaran controles en el lugar. No se realizaron mediciones acústicas ni se utilizó música amplificada, ni se causó molestias a terceros.
La resolución también hace referencia al principio de confianza legítima, ya que el Hotel Prau Ríu había organizado eventos similares previamente, incluso en colaboración con el Ayuntamiento de Llanes, sin haber sido sancionado.
«Esto refuerza el argumento de que la actividad se ha integrado plenamente en el uso autorizado por su licencia», argumentan los abogados de Lozano y aprecian que la sentencia, «no solo protege los derechos del establecimiento, sino que también consolida la interpretación de las normativas en beneficio del sector hotelero».
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