La Comunidad de Madrid lleva al Tribunal Constitucional el cambio en la distribución de menores no acompañados por el gobierno central

Según el informe de la Ley General de la Comunidad de Madrid, la Ley del Decreto Real viola varios preceptos de la Magna Carta de 1978 y es considerada inconstitucional al invadir los poderes exclusivos del Gobierno Regional. Se argumenta que la recepción inicial y la recepción de un menor corresponden a las comunidades autónomas que han asumido competencias en el ámbito de la protección.
Además, se sostiene que se vulneran los derechos fundamentales de los afectados, que se ven afectados por decisiones subjetivas y que no se da prioridad a garantizar su ayuda.
Asimismo, se critica que el texto validado por el gobierno central va en contra del principio de solidaridad y lealtad entre las administraciones. Se considera que la aplicación de los criterios de distribución carece de justificación y se llevó a cabo sin tener en cuenta a las comunidades autónomas. Además, se argumenta que se viola el principio constitucional de la autonomía financiera de las regiones, ya que el ejecutivo central no garantiza la contribución económica necesaria para participar de manera adecuada.
La comunidad de Madrid, en su llamado al Tribunal Constitucional, también señala el uso indebido de la figura del Decreto Real, ya que esta reforma legislativa debería haber sido tramitada como ley orgánica al afectar los derechos y deberes de los ciudadanos (Arts. 81.1 y 86.1 de la Constitución española). Además, se destaca la falta de medidas urgentes a pesar de que el propio Decreto reconoce que el problema existe desde hace al menos ocho años.
En el año 2019, la comunidad de Madrid atendió a un total de 10,618 menores no acompañados, de los cuales 937 eran de origen extranjero.