El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama abrió juicio oral contra el expresidente del Banco Popular Ángel Ron, doce directivos y la consultora PriceWaterhouseCoopers (PwC) por delitos de estafa a inversores y falsa contabilidad en la ampliación de capital de 2016 en la que participaron los inversores «engañados», ya que los estados financieros de ese año y de 2015 «no reflejaban la imagen real del balance ni del activo».
En un auto, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 recoge los documentos de calificación de los 14 cargos, entre los que se incluye la Fiscalía Anticorrupción, y que solicita 6 años, 7 meses y un día de prisión por Ron, por el exdirector general Francisco Gómez, el exvicepresidente de la entidad Roberto Higuera y el exdirector Jorge Oroviogoicoechea.
Además, en el banco se sentarán varios ex directivos de la entidad y auditores de PwC José María Sanz y Pedro Barrio, así como de la firma PwC. Estos tres últimos son considerados cooperadores necesarios para la ejecución de los delitos.
El juez impone una fianza total de 2.277.658.321,17 euros, cantidad que solicitaron los cargos y que el instructor explica que es provisional al no haber cumplido algunos de ellos con su petición. Explica que la finalidad de la constitución de una garantía es asegurar la ejecución de las sentencias de carácter civil y contenido patrimonial de la sentencia pronunciada.
En este sentido, el magistrado rechaza las propias medidas aseguradoras que plantean las acusaciones teniendo en cuenta la solvencia económica y financiera del Banco Santander -entidad que adquirió al Popular-, PwC y las aseguradoras.
En cuanto a Santander, el juez rechaza la apertura de proceso oral como partícipe lucrativo e indica que debe mantenerse su posición de responsabilidad civil subsidiaria al ser sucesor universal del Banco Popular y por tanto la responsabilidad civil subsidiaria debe ser el dominio en el que las partes acusadoras plantean sus reclamaciones legítimas.
En el caso de PwC, que finalmente el Ministerio Fiscal no imputó, pero sí se presentaron el resto de cargos -a excepción de la Organización de Consumidores y Usuarios-, el juez demuestra que, sin perjuicio de su responsabilidad directa como acusado, debe responder de manera subsidiaria en relación con los hechos que se imputan a los dos auditores.
En su resolución, el magistrado rechaza las cuestiones previas a la sentencia planteadas por el interventor a raíz del conocimiento del contenido de los escritos de los distintos cargos. PwC, en concreto, invocó la falta de situación activa de algunos de los perjudicados que comparecen en el caso.
Calama explica que el procedimiento previsto no tiene cabida en el presente procedimiento y que la imputada, PwC, «al amparo del artículo 4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no puede introducir a voluntad en el procedimiento penal los procedimientos realmente establecidos para el procedimiento civil, ya que los procedimientos del procedimiento abreviado están perfectamente definidos en los artículos 780 y siguientes de la LeCRim».
Cabe señalar también que los perjudicados a los que se refiere PwC se presentaron como individuos a lo largo de la larga investigación – que duró más de seis años – sin que el auditor planteara objeciones ni cuestionara su falta de legitimidad, por lo que considera que la solicitud de ser «extravagante e inoportuno».
El magistrado añade que el silencio de PwC durante la investigación, en relación con el asunto, es «exclusivamente responsabilidad de sus abogados».
Mediante auto de apertura de juicio oral, contra el cual no procede recurso de apelación, se otorga a la defensa un plazo de 20 días para presentar sus respectivos memorandos.
El pasado mes de marzo, el juez procesó a los investigados al considerar probado que el 25 de mayo de 2016, el Consejo de Administración del Banco Popular, presidido por Ángel Ron, decidió llevar a cabo y ejecutar el aumento de capital acordado en la Junta General de Accionistas. del 11 de abril. Previo a esa reunión, explicó, hubo una reunión del Comité de Auditoría del Directorio el mismo día, cuyo segundo punto del orden del día fue «aprobar un informe favorable al aumento de capital».
La resolución indicó que la Comisión de Cinturones emitió un informe favorable a la ampliación, sin contar con ningún estudio escrito detallado que pueda ser objeto de debate. En esa reunión estuvieron presentes los auditores externos PwC, quienes no advirtieron a los miembros de dicha comisión sobre ningún problema en las cuentas del Popular (anual -2015- y trimestral -2016-) de cara a la ampliación de capital.
Respecto al folleto de ampliación de capital, explicó el juez, «aporta información financiera deliberadamente alterada -que ocultaba enormes déficits de provisiones a los inversores- extraída de las cuentas anuales de 2015 auditadas por PwC y de los estados financieros a 31.03.2016 con informe limitado de dicho el auditor.
Calama aseguró que si las provisiones no reflejadas hubieran quedado reflejadas en los balances del Banco Popular -el 31 de diciembre de 2015 y el 31 de marzo de 2016- «el resultado contable de la cuenta de pérdidas y ganancias habría arrojado al menos 2.500 millones de pérdidas, en lugar de las ganancias declaradas». ‘ por la entidad, además de cambiar sustancialmente numerosos informes contables, que son utilizados por los inversores para sus análisis financieros.
El magistrado precisa en su resolución que PwC no había registrado ninguna salvedad en su informe de auditoría de las cuentas anuales de 2015 ni en los estados financieros intermedios a 31 de marzo de 2016.