IMSERSO condenado a pagar 800.000 euros por víctima de talidomida
El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo núm. 4 de Madrid ha condenado al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) a pagar las ayudas establecidas en el Real Decreto 574/2023, de 4 de julio, de talidomida, a una víctima no reconocida por dicho decreto, por un total de 748.000 euros.
La sentencia, comunicada por la Asociación «El Defensor del Paciente» a Europa Press, llega después de que el Tribunal Supremo declarara la nulidad de la obligación de someter a los afectados por talidomida a un nuevo examen para recibir ayuda, a pesar de que ya habían sido reconocidos como afectados por este fármaco por una Administración.
El abogado Ignacio Martínez, en representación de la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE), ha llevado el caso que ha permitido el reconocimiento de ayuda a los socios de la asociación que no habían recibido asistencia debido a los criterios establecidos en el Real Decreto.
La sentencia explica que al afectado se le denegó la ayuda solicitada al IMSERSO en 2023 por no contar con el certificado de enfermedades raras requerido en el Real Decreto. A pesar de los intentos del afectado por obtener la documentación necesaria, el Instituto de Salud Carlos III no pudo otorgar el certificado debido a la falta de registro.
El Tribunal Supremo eliminó el requisito de comparecer para recibir ayuda en junio pasado, lo que permitió al afectado solicitar el reconocimiento de beneficios al demostrar otras condiciones que lo identifican como víctima de talidomida, presentadas en su solicitud de ayuda en 2023.
Los magistrados admitieron parcialmente los recursos de AVITE y cinco personas reconocidas como víctimas por la Junta de Andalucía, declarando la nulidad de ciertos artículos del Real Decreto 574/2023 que imponían la obligación de someter a los afectados a un nuevo examen para recibir ayuda.
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