Funcionario víctima de violencia de género recibe traslado a otra Comunidad por Tribunal Superior de Navarra

Funcionario víctima de violencia de género recibe traslado a otra Comunidad por Tribunal Superior de Navarra

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), presidida por Francisco Pueyo Calleja, otorgó a una funcionaria de la Administración Provincial que había sido víctima de violencia de género el traslado solicitado a otra comunidad autónoma.

En su decisión, la Sala revocó la decisión del Gobierno de Navarra, la cual había sido desestimada por el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Pamplona.

La Sala consideró que el Gobierno de Navarra había denegado el traslado de la recurrente no por no cumplir con los requisitos exigidos a las víctimas, sino por la falta de adaptación de las regulaciones. Desde una perspectiva de género, los magistrados reconocieron el derecho de la recurrente a recibir la solicitud de movilidad interadministrativa.

En el caso analizado, la recurrente solicitó su traslado a un puesto similar en otra comunidad autónoma según una resolución de noviembre de 2018.

El Gobierno de Navarra se opuso al traslado argumentando que ni el Estatuto de los Empleados Públicos ni la Ley Orgánica Integral sobre Violencia de Género reconocen un derecho general de la mujer víctima de violencia de género a la movilidad administrativa entre diferentes comunidades autónomas.

Para la Sala de lo Contencioso del TSJN, la falta de adecuación de la normativa no impide admitir la solicitud de la recurrente, ya que se deben tener en cuenta los principios rectores de la Ley Orgánica Integral sobre Violencia de Género.

Los principios rectores de las medidas legislativas contra la violencia de género pueden ser invocados incluso ante una posible falta de regulación normativa, ya que establecen obligaciones para los poderes públicos y se enfocan en las necesidades específicas de las mujeres víctimas de violencia de género.

FUENTE

nuevaprensa.info

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