El TSJM respalda denuncia del novio de Ayuso contra Goyena.

El TSJM respalda denuncia del novio de Ayuso contra Goyena.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) desestimó el recurso de la Fiscalía y la Fiscalía del Estado contra la apertura del procedimiento abierto tras la denuncia de Alberto González Amador contra el jefe de la fiscal de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal Julián Salto por la presunta comisión de un delito de revelación de secretos por parte de un funcionario.

La Sala confirmó las diligencias solicitadas en un auto dictado el 14 de mayo por el juez Francisco Goyena en el marco del procedimiento iniciado para resolver la denuncia presentada por la pareja de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, por la difusión de una nota explicativa de la Fiscalía de Madrid en la que supuestamente se filtraba el contenido de las conversaciones entre un abogado y un fiscal.

La investigación se dirige exclusivamente a miembros de la Fiscalía y no a otras personas que pudieran haber tenido algún tipo de intervención en estos hechos, según la Fiscalía. Sin embargo, los magistrados consideran que este reproche es erróneo y desproporcionado, ya que el juez se limitó a notificar a los investigados sobre la iniciación del procedimiento en ese primer acto y no podía decidir investigar a otras personas sin haber realizado ninguna diligencia previa.

La Sala también considera excesiva la insistencia y los reproches dirigidos al magistrado instructor por aceptar las diligencias probatorias de la querella, y argumenta que la investigación no se basa en simples sospechas, sino en la búsqueda de la verdad material respecto de los hechos denunciados.

Por otro lado, la Sala rechaza la afirmación de que no existen indicios de que la filtración del correo electrónico haya sido realizada por la Fiscalía, y señala que la fase de investigación impulsada buscará refutar o corroborar esta afirmación. También se pronuncia sobre la posibilidad de intervención de otras personas ajenas al ámbito fiscal, recordando que la circular de la Fiscalía General del Estado prohíbe las investigaciones prospectivas.

FUENTE

nuevaprensa.info

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