El fiscal de Córdoba considera medidas de protección necesarias para Ruth Ortiz

El fiscal de Córdoba considera medidas de protección necesarias para Ruth Ortiz

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El fiscal de Córdoba ve medidas de protección y apoyo «necesarias» para Ruth Ortiz, la madre de Ruth y José, los menores asesinados por su padre, José Bretón, en octubre de 2011 de 2011 en el Cordoba Capital, para «Salgar la intimidad y el interés superior de la muerte Minors y Herer», así como «el Monitor de este libro de Luise Marty, el Osio, el Osio, el Interior de la Muerte y el Interior de la Muerte y el Herer», así como «el monitor de este libro de Luise Martí, el Osio, el Osio, el Osio, el Osio, el Osio, el Osio, el Osio, el Osio, el que el Osio, el Osio ‘, el que es el Monitor de este libro de Luise Martí, el Osio, el Interés Superior de la Muerte y Herer». Recoge las confesiones sobre el crimen.

En una carta dirigida al Tribunal Provincial de Córdoba, consultado por Europa Press, la fiscal Lucía Chacón considera «fundamentalmente tener en cuenta la revictimización de la madre de menores fallecidos que, con la información ya proporcionada sobre el contenido del libro, se dedicó a la resurrección como presente los eventos que ya han tenido lugar en 2011».

En este sentido, enfatiza que «de acuerdo con las disposiciones del artículo 681.3 de la ley del procedimiento penal y el artículo 8.4 de la ley orgánica 8/2021 sobre la protección completa de los niños y adolescentes, el Ministerio Fiscal está facultado para garantizar los intereses de las víctimas menores y solicitar la adopción de las medidas de protección que consideran necesarias».

También enfatiza que la jurisprudencia de la Corte Suprema (TS) ha establecido «la necesidad de sopesar adecuadamente los derechos de la personalidad, como el derecho a la privacidad y la imagen en sí, cuando aparecen conflictos con el derecho a la libertad».

En este caso, el 17 de marzo, una carta enviada por el Servicio de Asistencia de Víctimas en Andalucía (SAVA) con la solicitud de ayuda, ayuda y amparo firmada por Ruth Ortiz, en la que la publicación inminente del libro mencionada anteriormente por el editorial de Anagram, que, aparentemente, contiene datos, cartas y referencias que afectan la intimidad de los minors «.

Por lo tanto, se iniciaron procedimientos informativos preprocesivos civiles, en los que se responde la solicitud formulada. Según el fiscal, «es obvio que no solo la publicación inminente del libro, sino también las entrevistas y noticias publicadas en la prensa y en los medios de comunicación por el autor Luisgé Martín intenta directamente contra el derecho fundamental a la confidencialidad, artículo 18.1 de la Constitución, de los Minores muertos y de la madre de las víctimas menores en vivo».

Además, «contra el derecho fundamental del mejor interés de los menores, protegido no solo por la ley orgánica 1/1996, a partir del 15 de enero, con respecto a la protección legal del menor, los artículos 2 y 3, sino por las normas supranacionales ratificadas por España», como la convención sobre los derechos del niño; Artículo 681.3 de la ley del procedimiento penal; Artículo 8.4 del 8/2021 del 4 de junio de la protección completa para niños y adolescentes y lo 1/1982 del 5 de mayo de la protección civil de honor, confidencialidad personal y familiar y imagen en sí, Artículo 7, 3 y 8

Mientras tanto, el fiscal de Barcelona aseguró que la editorial de anagramas ha violado la «obligación» de comunicar el contenido del libro, para examinarlo para considerar si existe una interferencia ilegítima del derecho de honor.

Esto se menciona en la apelación, consultado por la Europa Press, contra la decisión del Jefe del Tribunal de Primera Instancia 39 en Barcelona, ​​que el lunes negó la medida de precaución solicitada por la Sección Infantil del Fiscal de Barcelona, ​​quien solicitó la suspensión provisional y la distribución del trabajo.

El instructor argumentó en la orden que los documentos proporcionados por la oficina del fiscal para justificar la necesidad de adoptar esta medida de precaución «no son adecuados para esto», porque son periódicos que se refieren al libro, al que el fiscal responde que si este contenido no está disponible, porque el editor no lo ha entregado.

Específicamente, afirma que «el editorial de anagrama ha violado la obligación establecida en el Artículo 3 de la Ley 1/1982 del 5 de mayo, al no comunicar y transferir al fiscal de su contenido anterior».

Aun así, él cree que «el juez de documentación se ha transferido en lugar de lo suficiente para evaluar, anticipar y concluir con el rigor y la seguridad adecuados que existe un riesgo grave e inminente de interferencia ilegítima en el derecho a honrar» y, por lo tanto, dañar un derecho fundamental.

Ni siquiera comparte con el juez la necesidad de conocer el tipo del que pertenece el libro, un problema que el titular está considerando especial importancia cuando sopesan los límites de libertad de expresión en relación con el derecho al honor.

El Ministerio Público argumenta que «la declaración de que la posible lesión del honor solo podría comprometerse con libros de cierto género no es sorprendente».

Con respecto a la imposibilidad de considerar si existe una medida de precaución alternativa y menos restrictiva que paralizar la publicación y distribución del trabajo, lo que significaría una restricción del derecho fundamental a la libertad de expresión, la oficina del fiscal responde: «También enfrentamos otro derecho fundamental, como el derecho a honor».

Asegura que, si se publica el libro, este derecho podría ser violado y lesionado y podría causar una «depreciación o lesión irreversible», porque los daños ya se harán incluso si la madre de menores inicia más acciones legales.

FUENTE

nuevaprensa.info

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