Calendario de días inhábiles para plazos administrativos en 2025.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura adoptó el lunes el acuerdo por el cual se establece el calendario de días inhábiles para el cómputo de plazos administrativos durante el año 2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Según este calendario, se aplicarán los días festivos laborales de la Comunidad que están establecidos en el Decreto 41/2024, de 14 de mayo, que establece el calendario de días festivos en Extremadura para el año 2025.
Entre estos días festivos se encuentran el 1 de enero, Año Nuevo; el 6 de enero, Epifanía del Señor; el 17 de abril, Jueves Santo; el 18 de abril, Viernes Santo; el 1 de mayo, Día del Trabajo; el 15 de agosto, Asunción de la Virgen María; el 8 de septiembre, Día de Extremadura; el 13 de octubre, que se toma como festivo debido a que el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, cae en domingo.
También se considerarán días inhábiles el 1 de noviembre, Todos los Santos; el 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; el 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y el 25 de diciembre, Natividad.
Además, los días laborables libres por festivos locales en el año 2025 serán considerados días inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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