Absuelta Sandra Rodríguez por contratar a su pareja ‘autoestopista’
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha absuelto a Sandra Rodríguez, exdirectora general de Protección de la Infancia y la Familia, después de ser condenada a nueve años de inhabilitación para ejercer cargos públicos o funciones públicas por prevaricación administrativa. La decisión ha sido anunciada hoy por la sala de comunicación del TSJC, revocando así la sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Como resultado de esta sentencia, Sandra Rodríguez renunció a su cargo de Directora General por motivos personales, después de ser condenada por hechos ocurridos entre 2015 y 2016, cuando era asesora de Gestión Económica, Gestión Sociocultural y Nuevas Tecnologías del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, al contratar a su socio como socorrista en el Complejo Costa Martínez y posteriormente ascenderlo a coordinador sin concurso público.
El TSJC destaca que, al ser Pamarsa – responsable de la gestión del Complejo Costa Martínez – una sociedad mercantil de capital público y no una entidad mercantil pública, no se realizó una convocatoria pública para la selección de personal, como exige la Ley 40/2015. Además, la selección de la pareja de Sandra Rodríguez como socorrista-coordinadora no parece ser una infracción tan grave, ya que su currículum profesional incluye la titulación necesaria y otros títulos académicos de solvencia profesional.
Se puede presentar un recurso de casación contra la sentencia, el cual debe anunciarse ante la Sala de lo Penal del TSJC en un plazo de cinco días y formalizarse ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
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