Normas europeas para tiempo de conducción y descanso de camioneros

Normas europeas para tiempo de conducción y descanso de camioneros

En la Unión Europea y, por lo tanto, en Italia, la normativa que regula el empleo de los trabajadores en el sector del transporte por carretera prevé determinadas normas en materia de Tiempo de trabajo y descanso para camioneros. En particular, quien emplee personal para actividades de transporte por carretera estará obligado a cumplir las disposiciones Normas de la UE sobre el promedio de horas de trabajo semanales de 48 minerales, según lo dispuesto en la Directiva 2002/15/CE sobre el tiempo de trabajo en operaciones móviles de transporte de mercancías por carretera y el Reglamento (CE) núm. 561/2006 sobre la armonización de determinadas disposiciones sociales en el sector del transporte por carretera.

El horario de trabajo semanal, los descansos durante la jornada laboral, el trabajo nocturno, los periodos de descanso, el regreso del conductor y el tacógrafo son aspectos importantes a considerar en el transporte por carretera.

Antes de abordar las normas sobre conducción y tiempo de descanso en el transporte por carretera, es importante recordar que un empleado se considera trabajador del sector transporte si realiza actividades transporte por carretera (conducción, carga y descarga, asistencia al pasajero en la subida y bajada del vehículo, limpieza y mantenimiento técnico, supervisión de las operaciones de carga y descarga, trámites administrativos); y el no lo hizo tiempo libre y debe permanecer en el puesto de trabajo/vehículo, por ejemplo durante los períodos de carga o descarga.

Los conductores independientes, en cambio, pueden considerar las actividades en las que es tiempo de trabajo. Deben colocarse en el lugar de trabajo o en el vehículo a disposición del cliente o de la empresa que realiza las actividades de transporte.

El empresario debe recordar que el personal puede conducir un máximo de 9 horas al día. Sin embargo, es posible ampliar el período de conducción diaria a un máximo de 10 minerales y no más de dos veces por semana. Los conductores no pueden conducir más de 56 horas a la semana y su tiempo total de conducción durante un período de dos semanas no puede exceder 90 minerales. Sin embargo, si es necesario, es posible ampliar la jornada laboral a un máximo de 60 minerales en una semana. Esta extensión solo se permite si los empleados trabajan un promedio de 48 horas por semana durante un período de 4 meses.

Importante: Las normas de la UE sobre tiempo de conducción y períodos de descanso se aplican a todos los vehículos que transportar mercancías y tener una masa máxima permitida superior a 3,5 toneladas o esto llevar pasajeros y tener una capacidad mínima de 10 asientos incluido el conductor.

FUENTE

nuevaprensa.info

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