Dos infracciones y multa con el nuevo CdS
Los cambios en el Código de Circulación no solo incluyen normas y sanciones más severas. Por ejemplo, la introducción del original «párrafo 6-ter» en el artículo 142 presenta una especie de «descuento» para aquellos que cometen múltiples violaciones de velocidad en un lapso de tiempo que no exceda 1 hora: esta persona solo pagará la multa prevista para la infracción más grave incrementada en un tercio. En otras palabras, las multas no se suman, pero se aplica la más alta incrementada en un tercio. Conozcamos los detalles de esta innovación vigente desde el 14 de diciembre de 2024.
MULTA POR VELOCIDAD: DESCUENTO POR MULTAS «SERIE»
El nuevo apartado 6-ter del artículo 142 CdS establece que en los casos de evaluación con dispositivos automáticos como radares, tutores, etc., varias violaciones de límites de velocidad cometidos por el mismo vehículo en tramos de carretera bajo la jurisdicción del mismo organismo y en un período de tiempo no superior a 1 hora, las sanciones administrativas previstas para la infracción más grave aumentarán en un tercio. El plazo de «no más de 1 hora» comienza a contar desde el momento de la primera infracción confirmada.
También tenemos en cuenta lo dispuesto en el art. 198-bis del CdS que establece que, en el caso de constatar múltiples infracciones sin notificación inmediata, se aplicará la infracción administrativa que sea objeto de la primera notificación, absorbiendo las encontradas en los últimos 90 días con el mismo aviso y aún sin previo aviso.
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO: CONDICIONES DE PAGO ÚNICAMENTE DE LA PRIMA (AUMENTADA EN UN TERCIO)
Entonces, para poder beneficiarse del «descuento» en multas por exceso de velocidad, debe cumplirse que:
– las violaciones se cometan durante un período de tiempo no superior a 1 hora.
– los delitos sean cometidos por el mismo vehículo en caminos o tramos de camino que ingresen a la jurisdicción de la misma institución.
– Las violaciones susceptibles del trato más favorable son exclusivamente aquellas con evaluación no inmediata.
Por ejemplo, un conductor es «sorprendido» por un radar mientras circula por una carretera estatal con una velocidad que excede el límite permitido por más de 10 km/h y no más de 40 km/h, y al cabo de media hora otro radar, en la misma carretera estatal, lo pilla todavía circulando a una velocidad superior a más de 10 km/h y no más de 40 km/h. Gracias a la nueva norma, en lugar de pagar dos multas de 173 euros cada una para un total de 346 euros, pagará una sola multa desde 173 + 1/3 (57,66 euros), es decir 230,66 euros.
¿CUÁLES SON LOS LÍMITES DE VELOCIDAD?
Más allá de la «reducción», sería mejor no exceder nunca los límites de velocidad por una cuestión de seguridad. En este sentido, recordamos los límites vigentes en las carreteras italianas:
– 130 km/h en carretera.
– 110 km/h en las principales carreteras suburbanas.
– 90 km/h en vías secundarias suburbanas y los locales extraurbanos.
– 50 km/h en zonas residenciales (70 km/h donde esté permitido o 30 km/h en zonas escolares).
Además de las características de la carretera, también hay que tener en cuenta los límites de velocidad por categoría de vehículo. Además, no se tendrá en cuenta el límite de velocidad genérico de la vía por la que está autorizado a circular un vehículo en varios casos.
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